Con fecha 31 de marzo de 2020, la SUNAT estableció medidas adicionales relacionadas con la solicitud de libre disposición de los montos depositados en las cuentas de detracciones. Así, el artículo 3 de la Resolución de Superentendía N° 058-2020/SUNAT posibilitaba al titular de la cuenta de detracciones a sujetarse al procedimiento de emergencia para la solicitud de libre disposición de montos depositados, la cual se debe presentar por única vez entre el 23 de marzo y el 07 de abril de 2020.
Considerando lo dispuesto en la norma previamente citada, la SUNAT señaló que las solicitudes de libre disposición de los montos depositados que correspondía presentar en los primeros días del mes de abril de 2020 se presentan en las fechas que se señalan a continuación:
- En el caso de procedimientos especiales, en los cuales se debía presentar la solicitud de liberación de fondos en los 3 primeros días hábiles del mes de abril, se podrá presentar esta entre el 8 y el 14 de abril de 2020.
- En el caso de procedimientos generales, en los cuales se debía presentar la solicitud de liberación de fondos en los 5 primeros días hábiles del mes de abril, se podrá presentar esta entre el 8 y el 16 de abril de 2020.