APRUEBAN LA FASE 2 DE LA REANUDACIÓN DE ACTIVIDADES ECONÓMICAS

(Decreto Supremo N° 101-2020-PCM – 04 de junio de 2020)

Mediante Decreto Supremo N° 101-2020/PCM, se aprueba la Fase 2 de la Reanudación de Actividades, dentro del marco de la declaratoria de Emergencia Sanitaria Nacional por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del COVID-19.

Este documento establece las siguientes indicaciones:

  • Previo al inicio de sus actividades, las empresas, personas jurídicas, personas naturales y entidades deberán elaborar su “Plan para la Vigilancia, Prevención y Control de COVID-19 en el trabajo” y registrarlo en el Sistema Integrado para COVID-19 (SICOVID-19) del Ministerio de Salud.

Para la elaboración del referido Plan se deberá observar los “Lineamientos para la Vigilancia de la Salud de los trabajadores con riesgo de exposición a COVID-19”, así como los Protocolos Sectoriales según corresponda.

  • Las actividades contenidas en la Fase 2 de la Reanudación de Actividades, inicia a partir de la vigencia del presente Decreto Supremo, esto es, el 5 de junio de 2020.

Actividades de la Fase I

FASE 2 DE LA “REANUDACIÓN DE ACTIVIDADES”
Agricultura

1.     Títulos habilitantes y actos administrativos.

2.     Estudios de impacto ambiental e instrumentos de gestión ambiental.

3.     Titulación de la propiedad agraria y catastro rural.

4.     Implementación de planes de negocio.

Minería

5.     Explotación del estrato de la gran y mediana minería.

6.     Explotación, beneficio, almacenamiento, transporte y cierre de minas en los siguientes casos:

·         Mediana minería y sus actividades conexas, que cuente con campamentos mineros y/o acondicionar componentes auxiliares y/o alojamiento externo de uso exclusivo para sus trabajadores.

·         Pequeña minería y sus actividades conexas, y minería artesanal formalizadas, previamente acreditadas por la autoridad regional competente.

Manufactura

7.     Elaboración de alimentos preparados para animales.

8.     Elaboración de malta y cerveza.

9.     Elaboración de vinos, otras bebidas alcohólicas y tabaco.

10.   Fabricación de calzado.

11.   Impresión.

12.   Construcción de material de transporte.

13.   Otras industrias manufactureras.

Construcción

14.   Proyectos de inversión pública.

15.   Proyectos de inversión privada.

16.   Asociaciones Público Privadas.

17.   Proyecto en Activos.

18.   IOARR y el PIRCC.

Comercio

19.   Venta, mantenimiento y reparación de vehículos automotores y motocicletas.

20.   Venta, mantenimiento y reparación de vehículos no motorizados, venta de los repuestos y suministros.

Servicios

21.   Servicios profesionales, científicos y técnicos:

·         Actividades jurídicas

·         Actividades de contabilidad, teneduría de libros y auditoría; asesoramiento en materia de impuestos

·         Actividades de arquitectura e ingeniería y actividades conexas de asesoramiento técnico

·         Investigación y desarrollo experimental en el campo de las ciencias sociales y las humanidades

·         Actividades veterinarias

22.   Hospedaje (apart hotel).

23.   Servicios de protección y seguridad.

24.   Alquiler de vehículos.

25.   Alquiler de maquinaria y equipo y de bienes tangibles.

26.   Servicios de comunicaciones.

27.   Infraestructura en transporte y telecomunicaciones.

28.   Emisión de placas.

29.   Mantenimiento, mejoramiento y conservación rutinarios y periódicos de vías nacionales, departamentales y locales.

30.   Suministro de agua: alcantarillado, gestión de desechos y saneamiento.

31.   Servicios de transporte.