(Decreto Supremo Nº 080-2020-PCM – 03 de mayo de 2020)
Mediante Decreto Supremo N°080-2020-PCM, se aprueba la reanudación de actividades económicas en forma gradual y progresiva dentro del marco de la declaratoria de Emergencia Sanitaria Nacional por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del COVID-19.
Este documento establece las siguientes indicaciones:
- La reanudación de actividades se dará en 4 fases.
- La “Fase 1” se inicia el mes de mayo de 2020.
- Los Criterios para el inicio de las Fases son: Salud Pública, Movilidad Interna, Dimensión Social, la Actividad Económica y la evaluación de la situación por los sectores competentes.
- Los sectores competentes por cada actividad aprobaran en el plazo de 05 días los Protocolos Sanitarios por sector de acuerdo a los “Lineamientos para la vigilancia de la Salud de los trabajadores con riesgo de exposición a COVID-19”, aprobados por Resolución Ministerial N° 239-2020-MINSA.
- Previo al inicio de sus actividades, las empresas, personas jurídicas, personas naturales y entidades deberán elaborar su “Plan para la Vigilancia, Prevención y Control de COVID-19 en el trabajo” y registrarlo en el Sistema Integrado para COVID-19 (SICOVID-19) del Ministerio de Salud. Dichos Planes deberán observar los “Lineamientos para la Vigilancia de la Salud de los trabajadores con riesgo de exposición a COVID-19”, así como los Protocolos Sectoriales según corresponda.
- El Sistema Integrado para COVID-19 podrá ser accedido por las autoridades competentes de cada sector para la verificación de la inscripción, seguimiento y ayuda a su supervisión.
- El cumplimiento de la norma será supervisado y fiscalizado por las Autoridades Sanitarias, los Gobiernos Locales y la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral–SUNAFIL.
- En cuanto a las actividades que fueron consideradas esenciales y siguieron operando, estas deberán adecuarse a las obligaciones de reanudación de actividades con el “Plan para la vigilancia, prevención y control de COVID-19 en el trabajo”, sin perjuicio que continúen realizando sus actividades.
Actividades de la Fase I
FASE 1 DE LA “REANUDACIÓN DE ACTIVIDADES” |
Minería e industria |
1. Explotación, beneficio, almacenamiento, transporte y cierre de minas del estrato de la gran minería y, proyectos en construcción de interés nacional e hidrocarburos.
2. Insumos para la actividad agropecuaria. 3. Pesca industrial (consumo humano indirecto). 4. Producción temporal: órdenes de compra (exportaciones) vencidas y por vencer. 5. Industrias de vidrio, forestal (maderable u no maderable), papel y cartón, plásticos y hielo ampliación de textil y confecciones, maquinaria y equipo. 6. Industria metalmecánica 7. Sustancias químicas básicas y abono y servicios complementarios a agricultura (para actividades esenciales). |
Construcción |
8. Proyectos del Plan Nacional de Infraestructura para la competitividad (PNIC).
9. Proyectos de la Autoridad para la Reconstrucción con cambios (ARCC) 10. 56 proyectos del Sector Transportes y Comunicaciones. 11. 36 obras de saneamiento. 12. Actividades de infraestructura agraria (riego, mantenimiento, rehabilitación de drenes, entre otros). 13. Proyectos inmobiliarios priorizados (fase de excavación, estructuras y acabados, y viviendas en el ámbito rural). 14. Productos agrarios (alquiler/venta de maquinarias) 15. Inversiones de Optimización, de Ampliación Marginal, de Rehabilitación y de Reposición (IOARR), acceso de agua y alcantarillado en comisarías, hospitales y colegios. 16. Industrias y servicios conexos a la construcción |
Servicios y turismo |
17. Restaurantes y afines autorizados para entrega a domicilio (con propia logística del establecimiento y protocolo de seguridad y recojo en local)
18. Hoteles categorizados y transporte turístico para actividades esenciales. 19. Servicios vinculados a telecomunicaciones 20. Servicios complementarios a la agricultura. 21. Servicios prestados a empresas (soporte de TI y servicios profesionales, exportaciones de servicio de conocimiento) 22. Servicios notariales 23. Servicios de reciclaje. 24. Servicios de mantenimiento de equipo relacionado a edificaciones y hogares (bombas, termas, ascensores, gasfitería, electricista, carpintería, entre otros) 25. Servicios de almacenamiento de: Abonos y materias primas agropecuarias, artículos de plásticos, vidrio, papel, cartones, aserradura de madera, hielo para actividades en general |
Comercio |
26. Comercialización de productos agrarios 27. Comercio electrónico de bienes para el hogar y afines. |