FACULTAD DISCRECIONAL PARA NO SANCIONAR

Mediante la Resolución de la SUNAT, se debe aplicar la facultad discrecional de no sancionar administrativamente las infracciones tributarias en que incurran los deudores tributarios durante el Estado de Emergencia Nacional declarado por el Decreto Supremo N. ° 044-2020-PCM, incluyendo las infracciones cometas o detectadas entre el 16 de marzo de 2020 y la fecha de emisión de la presente resolución.

Cabe precisar que esta norma es de aplicación para todos los contribuyentes y que la norma no restringe su aplicación a algún grupo especial de contribuyentes