(Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 66-2020-ATU/PE – 25 de mayo de 2020)
Mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 66-2020-ATU/PE, se dispone la prestación del Servicio Público de Transporte Regular de Personas de la provincia de Lima y la Provincia Constitucional del Callao, se realice con el 100% de la flota, para lo cual las empresas prestadoras de servicio deben de cumplir con lo establecido en los lineamientos, protocolos y normas sanitarias aprobados por el Ministerio de Salud y el Ministerio de Transportes y Comunicaciones.
Para la prestación del Servicio Público de Transporte Regular de Personas, las unidades vehiculares deben registrarse en el link de programación de flota (http://18.191.3.110/transporteUrbano/), hasta las 15:00 horas del día anterior previa a la fecha de operación.