Mediante la Resolución de Superintendencia N ° 054-2020 / SUNAT, se modificó el Cronograma de Vencimientos para la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta de 2019.
Es preciso señalar que la modificación del Cronograma solo se aplica para las personas naturales y las micro, pequeñas y medianas empresas, nuestros ingresos netos no han excedido la suma de S / 9´660,000 soles (2300 UIT).
En consecuencia, en caso que se supere el parámetro antes indicado, se deberá mantener las fechas de presentación de la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta de 2019, sin considerar la prórroga excepcional.