(Resolución N° 052-2020-SUNARP/SN – 23 de mayo de 2020)
Mediante Resolución N° 052-2020-SUNARP/SN, se aprobó el “Plan de reactivación de las actividades en la SUNARP” y la implementación del “Protocolo de acción de prevención, vigilancia de la salud y control de riesgos frente al brote de COVID-19”, con el propósito de fortalecer la eficiencia en la gestión de la Superintendencia y favorecer al cumplimiento de las medidas sanitarias ante la pandemia de COVID-19.
El Plan de reactivación de las actividades en la SUNARP, contiene lo siguiente:
- Fase N° 1: Comprende el inicio de las actividades de cada Oficina Registral de una Zona Registral de manera gradual y escalonada. Por ejemplo, la oficina de Lima podría iniciar actividades y la de Huacho no.
Durante esta etapa se atenderán únicamente los servicios esenciales contemplados en el Decreto Supremo N°080-2020-PCM. Asimismo, durante esta etapa, los Jefes de cada Zona Registral deberán cuidar que se eviten aglomeraciones de personas y evaluar si es viable la ampliar la prestación de servicios registrales teniendo en cuenta factores como el avance de la pandemia en su circunscripción, el comportamiento social, etc.
- Solo se habilitará la atención presencial de títulos provenientes de entidades públicas, notarios y el poder judicial para cualquiera de los registros jurídicos. La presentación de títulos en el Registro de Propiedad Vehicular sólo podrá ser realizada por las empresas importadoras, ensambladoras o fabricantes de vehículos a través de los gestores de sus concesionarios.
- Sigue disponible el Sistema de Intermediación Digital para la presentación de títulos de manera virtual.
- No se encontrará disponible el servicio de “oficina receptora” para ingresar títulos a oficinas ubicadas en otras zonas registrales.
- Los títulos presentados con anterioridad al inicio del estado de emergencia continuarán suspendidos según lo señalado por el Decreto Supremo N°087-2020-PCM, hasta el 10 de junio. De no prorrogarse dicho plazo, los Jefes Zonales dispondrán si se realiza una prórroga del asiento de presentación o si se iniciará la calificación de estos.
- Los servicios de publicidad se continuarán brindando exclusivamente por medio del Sistema de Publicidad Registral en Línea (SPRL) y APP SUNARP. Únicamente los certificados de búsqueda catastral solicitados por entidades públicas serán atendidos de manera presencial.
- Fase N° 2: Durante esta etapa del Plan se extiende la prestación de los servicios al público en general, teniendo en cuenta los aforos y protocolos correspondientes.
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- Se abrir a diario para la presentación y reingreso de títulos de manera presencial para todos los ciudadanos, garantizando los aforos y protocolos sanitarios.
- Cada Jefe Zonal podrá establecer horarios especializados de atención con la finalidad de evitar situaciones de aglomeración.
- Para los servicios de publicidad se mantendrán las medidas contempladas en la fase 1. Cada Jefe Zonal dispondrá los mecanismos para solicitar presencialmente los servicios de publicidad que no pueda solicitarse a través de los medios digitales.